Vehículos
Recordad que el vehículo al cual se aplique una licencia debe ser uno de los modelos y variantes autorizados por la EMT para la prestación del servicio.
El titular de la licencia puede substituir el vehículo
aplicado por otro que cumpla con las normas establecidas. Para poder
realizar esta sustitución, debe dar de baja el vehículo aplicado y
comunicar y presentar el nuevo en un plazo máximo de 30 días naturales
desde la baja del anterior.
En caso de que el vehículo fuese de segunda mano, se debe
tener presente que no puede exceder, en ningún caso, los cinco años
desde su matriculación. Asimismo, además de la revisión de la ITV
vigente debe disponer de un informe favorable de los servicios técnicos
del IMT.
En esta sección podréis consultar todos los trámites y situaciones vinculadas y/o relacionadas con vuestro vehículo.
Para una mayor información consultad el artículo 26 del Reglamento Metropolitano del Taxi (Capítulo II. De los vehículos).